El Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena
declaró, la nulidad absoluta del contrato de concesión No. 001de 2003
celebrado entre la Unión Temporal Servicios Integrados Especializados de
Tránsito y Trasportes de Santa Marta, SIETT, y el Instituto de Tránsito
del Distrito de Santa Marta, Indistrán -hoy en liquidación-, como
también el otro sí No. 3 entre el mismo Siett y el Distrito de Santa Marta.
En el fallo, el Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena, también le
ordena al Siett, devolverle al Distrito, los valores recaudados con base
en dicho contrato y en el otrosí, que sobrepase la remuneración
justa y legal que ha debido percibir de acuerdo con lo estipulado por la
Contraloría.
Además de lo anterior, se dispone que el Distrito deba asumir
inmediatamente las funciones que ejercía el Siett, para lo cual tendrá
que adoptar las medidas administrativas de orden interno.
Así mismo, el Tribunal Contencioso oficia a la Fiscalía, como también
a la Procuraduría, para que investiguen, si es el caso, en lo penal y
disciplinario, respectivamente, las conductas de quienes como
funcionarios públicos o como particulares, participaron en la
celebración de dicho contrato de concesión.
La declaratoria de la nulidad del contrato
con el Siett, corresponde a la resolución de una apelación a propósito
de la decisión que en primera instancia, resolvió el Juzgado Primero
Administrativo de Santa Marta, ante la Acción Popular promovida por el
ciudadano Alberto Ovalle Betancourt y otros.