SOCIEDAD DE MEJORAS PUBLICAS DE SANTA MARTA
En desarrollo de su objeto social, la Sociedad de Mejoras Públicas de Santa Marta D.T.C.H., podrá realizar toda clase de actos y contratos con personas o entidades públicas o privadas que tengan como finalidad la realización de sus principios, objetivos y fines que como entidad sin ánimo de lucro se propone propagar.
Los fines de la Sociedad de Mejoras Públicas son:
a) Procurar que nuestra ciudad Santa Marta, sea siempre amable y acogedora para todos.
b) Llevar la vocería en los asuntos de interés cívico frente a la comunidad y a la Administración Pública.
c) Abogar por la defensa de la ciudad y de sus habitantes.
d) Promover la creación de entidades cuya finalidad concuerde con los principios de la Sociedad , expresada en este estatuto.
e) Servir de veedores, cívicos de las obras que emprendan el Estado, o los particulares, y que afecten a la comunidad.
f) Promover eventos del orden cívico y cultural en la ciudad.
g) Promover la creación de grupos de participación ciudadana en los distintos barrios de la ciudad y
h) Promover todo tipo de actividades acordes con los principios de la entidad.
El civismo como elemento esencial de la convivencia ciudadana y capacidad perfeccionada de ser y sentirse agente del desarrollo social.
El servicio, voluntad siempre presente de dar y darse, sin esperar, ni recibir recompensa, ni honores, ni alabanzas. La solidaridad, sentido profundamente humano de identificarse y compenetrarse con los demás en sus triunfos, fracasos, alegrías, tristezas, derrotas, logros y esperanzas; Las buenas maneras, único camino propio del ser humano; El tesonero empeño por hacer del medio social un ambiente amable y digno, única connotación identificadora de una entidad que como la Sociedad de Mejoras Públicas de Santa Marta, afronte el desafió de hacer de su acción el paradigma del comportamiento cívico.
La permanente apertura a los ciudadanos y a las instituciones, filosofía básica de un hacer que es patrimonio, legado y meta de cuantos se acojan a los techos y a las normas reguladoras de esta ciudad.
El reconocimiento al arte y a la cultura altamente dignificante de la persona humana, desafío que debe cristalizarse en la fundación de una institución para la defensa de nuestro patrimonio artístico y cultural.
La permanente defensa de nuestros recursos naturales como legado imperecedero a nuestros hijos y compromiso histórico con nuestra ciudad.
La recreación y el deporte como factor integral del hombre.
La ética como principio y fundamento del comportamiento, tanto en sus actuaciones públicas como privadas, garantía indiscutible de la buena convivencia ciudadana.
La lealtad hacia nuestra institución y a sus jerarquías legalmente constituidas, único medio posible para la defensa de la Sociedad , de sus estatutos, reglamentos y respeto entre sus integrantes.
a) Socios Activos.
b) Socios Honorarios y
c) Socios Benefactores.
SOCIOS HONORARIOS POR DERECHO PROPIO: Lo serán:
El Señor Presidente de La República y su Señora esposa.
El Señor Gobernador del Departamento del Magdalena y su Señora esposa
El señor Alcalde de Santa Marta y su señora esposa.
El señor Comandante de la Primera División del Ejército.
El señor Comandante de la Policía , División Magdalena.
El señor Comandante de la Capitanía de Puertos.
El señor gerente de la Sociedad Portuaria de Santa Marta,
El señor Presidente y Director de la Cámara de Comercio.
El señor Presidente y Director de FENALCO.
El Excelentísimo señor Obispo de Santa Marta.
Representantes elegidos por las diferentes Universidades, que funcionan en la ciudad.
ORGANISMOS DE LA SOCIEDAD DE MEJORAS PÚBLICAS DE SANTA MARTA:
a) Asambleas Ordinarias (dentro de éstas están las Asambleas Cívicas) y Extraordinarias para temas específicos.
b) Comités Directivos y Comités Asesores y
c) Representantes de las Juntas Directivas donde la Sociedad de Mejoras Públicas tiene participación.
· Un Presidente;
· Un Vicepresidente;
· Un secretario.
· Un tesorero.
· Un fiscal y
· Dos vocale